1. INTRODUCCIÓN
Corría el año 1983 cuando estábamos discutiendo un borrador de Ley de Colegios, sobre un documento que denominamos “Borrador Pinochet”, en el seno de la recién constituida Unión Profesional. Tengo que decir que después de muchas discusiones no fuimos capaces de presentar un documento consensuado por todos los colegios, requisito que el ministro Sr. Moscoso había impuesto en las conversaciones mantenidas con el entonces presidente de la Unión Profesional D. Antonio Pedrol Ríus
En aquellos meses en que discutimos el borrador de Ley de Colegios pudimos comprobar la gran diferencia que existía entre los distintos colegios profesionales. Algunas personas, entre las que me encuentro, teníamos la idea de que un colegio debía de reunir una serie de condiciones; estar constituidos por profesionales con la misma titulación, tener un control de la actividad profesional, etc. La realidad era muy distinta. Después de darle vueltas al tema se llega a la concusión que la Constitución[1] , deja muy claro que existen peculiaridades propias de los Colegios que hace que existan, por lo menos, dos tipos de organizaciones claramente diferenciadas:
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Las que tienen funciones delegadas de la Administración
(Ingenieros, Arquitectos, etc).
-
Las que no tienen dichas funciones (Médicos, Farmacéuticos, Ópticos, etc)
Por tanto surge la pregunta ¿Qué es lo que se considera común a todos los Colegios?. La respuesta nos la dio Pedrol, precisamente en aquella ocasión: El control de la Ética y Deontología Profesional. Eso es lo que da un sentido a los Colegios y hace que no pueda haber otras organizaciones que asuman esas funciones, mientras exista en España el actual marco legal.
En estos momentos de crisis en que las organizaciones profesionales de la ingeniería están intentando buscar su razón de ser, aduciendo cuestiones, muy importantes por otra parte, como las derivadas del visado, seguros de responsabilidad civil, etc, no debemos olvidar que por encima de todas ellas está la defensa de los valores éticos y deontológicos, que den seguridad a la Sociedad a la que están obligados a servir nuestros profesionales.
Está cuestión, a primera vista, puede parecer que es algo que poco tiene que ver con la actividad económica, pero la experiencia nos dice que en una sociedad en que no existen mecanismos de control estricto de dichas normas da lugar a un sistema de corrupción que mina el sistema económico, y desprestigia al conjunto de profesionales que se presentan bajo una misma denominación.
Para completar lo que llevamos apuntado vamos a entrar en cuestiones concretas sobre el tema que nos hemos propuesto.
2. PRINCIPIOS BÁSICOS.
Los seres humanos se diferencian sustancialmente de los demás seres vivos que pueblan la tierra. Aunque los animales sean capaces de huir frente a una amenaza o un ambiente hostil y buscar un medio más favorable en el que habitar y desenvolverse y aunque las especies animales superiores sean capaces de recordar el pasado y aprender de él, sus reacciones frente a un medio favorable o desfavorable son instintivas, con una relación causal entre medio e individuo. El hombre, además, es capaz de intuir el futuro, de proyectarse en él e imaginarlo; posee curiosidad que le lleva a plantear preguntas a las que, mediante complejos procesos síquicos y culturales, es capaz de dar respuesta. El resultado es que las reacciones del hombre frente al medio no son automáticas. En suma, el ser humano posee y ejerce una característica maravillosa: la libertad.
La libertad se completa mediante el ejercicio de la responsabilidad: en el fondo la libertad que no sea libertad responsable, en lo social es rechazable.
¿Significa eso que en nuestras elecciones debemos buscar solo nuestro provecho y no agredir al provecho del prójimo? Parece que debe ser una cuestión fuera de toda discusión, pero quizás hay algo más: existe un sentido del bien y del mal, una referencia que nos dice aquello, dentro de lo posible, que es lícito y aquello que no lo es, más allá de la pura conveniencia del individuo o del grupo. Estos principios sobre el bien y el mal (principios que sólo tiene el hombre, entre los seres vivos de nuestro planeta) se basa, justifica y concreta en principios filosóficos [2] .
Ética y Moral etimológicamente son sinónimos y como tales han sido empleados a los largo de la Historia:
· Ética es el conjunto de doctrinas y principios sobre el bien y el mal que se basan en una Doctrina filosófica.
·
Moral es la Ética que poseen quienes profesan una religión y está basada en la teología de dicha religión.
·
Justicia está a mitad del camino entre Ética y Derecho; y no difiere en mucho del de Ética.
·
Derecho es una norma social de obligado cumplimiento y por lo tanto de carácter coercitivo (lo que no ocurre con Ética y Moral), pero en ella concurren también consideraciones de oportunidad y posibilidad (una Ley debe ser justa, pero no todo lo justo tiene o puede ser impuesto por Ley).
3. DEFINICIÓN DE ÉTICA.
El Diccionario de uso del español, de María Moliner define Ética como ‘Parte de la filosofía que trata del bien y el mal en los actos humanos’.
Los escolásticos la definen como ‘el recto orden de las cosas’; es decir, afirman que cada ente de la creación tiene una razón de ser, una finalidad o, si se quiere, una naturaleza: Es bueno (o ético) cuando este ente es empleado de modo que cumpla con dicha razón, y se obrará mal cuando se quebrante el orden natural. Por ello distinguen entre dos formas de hacer el mal:
· Las acciones extra natura (cuando se obra al margen del recto orden)
· Las acciones contra natura (cuando se obra oponiéndose al él [3] .
Por último diremos que existen dos tipos de ética:
· Ética individual, la propia de cada persona concreta
· Ética social, la aceptada por el común de los miembros de una sociedad.
4. ÉTICA Y MORAL.
Son muchos e importantes los filósofos que han tratado la Ética a lo largo de la historia, desde el Nicómaco de Aristóteles pasando por el Gorgias de Platón, hasta los grandes filósofos cristianos, Santo Tomás, Kant, Hegel y Hobbes.
En Europa durante muchos siglos, la religión y política estuvieron íntimamente ligadas: los Estados tenían el carácter confesional, con leyes y comportamientos sociales apoyados en la religión dominante, que era la religión del Estado. Esta alianza trono-altar venía definida por la regla cuius regio eius religio. En este caso la Ética social de un pueblo era la Moral de la religión oficial del Estado al que pertenecían.
A partir del siglo XVIII, en la cultura occidental, nace un importante concepto, el de la libertad religiosa, según el cual entre los derechos fundamentales e inalienables de las personas está el de profesar la religión (o filosofía básica sobre la persona y la razón de su existencia) que elija libremente. Este principio conduce a la libertad de las conciencias o lo que es su consecuencia, al Estado aconfesional; es decir un Estado que reconoce la pluralidad filosófico-religioso-ideológica como una realidad cuya aceptación es necesaria para garantizar las libertades fundamentales; las modernas democracias se basan en estos principios, aceptados.
El principio de libertad religiosa traslada todo el ideario religioso del plano social al plano individual, con lo que la Moral de la religión “oficial” deja de ser la Ética social aceptada por la sociedad, de tal modo que únicamente permanece la Ética individual ¿Significa esto que ha desaparecido o debe desaparecer la Ética social? Hay muchos que, confundiendo el rábano con las hojas y con la floja formación filosófica y humanística que hoy priman en nuestra sociedad, así lo afirman. Esto constituye un grave error: significaría que un conjunto de personas con Ética propia convivirían en el seno de una sociedad que carecería de referentes éticos comunes.
Por el contrario, en una sociedad plural, como es la nuestra, que respeta pero no entra en la Ética individual de las personas que la forman, es más necesario que nunca que existan unos mínimos principios éticos aceptados por todos los miembros de aquella sociedad, sin perjuicio de que la Ética (o Moral) individual de cada persona incorpore además otros principios personales o de su profesión religiosa.
5. ÉTICA PROFESIONAL O DEONTOLOGÍA.
Personas distintas que poseen una misma profesión, en el ejercicio de ésta, se encuentran con frecuencia con problemas semejantes que plantean cuestiones éticas. Estas cuestiones darán lugar a respuestas que, si las bases filosóficas de esas personas son las mismas, serán iguales para todos estos profesionales. Denominamos Ética profesional o Deontología al conjunto de todas estas normas éticas específicas de una profesión
6. INGENIERÍA AGRONÓMICA Y ÉTICA.
La ingeniería en general, y la agronómica en particular, son profesiones intelectuales en la que aplicando conocimientos y métodos científicos - con la ayuda de experiencias anteriores - y empíricos depurados, y teniendo en cuenta principios económicos, sociales y humanísticos se pone a disposición de la sociedad o de personas, en un cierto tiempo y con costes razonables, unos medios materiales o unos servicios, desarrollados por los profesionales, los cuales deben satisfacer una necesidad de dichas sociedad o personas, sin producir daños colaterales a ellas o a terceros (se puede simplificar como: técnicamente posible, económicamente viable y socialmente conveniente).
Conviene destacar en ella varios aspectos esenciales: la satisfacción de una necesidad sin producir daños colaterales; se trata de una realidad; se refiere a un medio material o a un servicio, desarrollados en tiempo oportuno y con costes razonables. Y aunque no está explicito en la definición está claro que la necesidad a resolver, el bien o servicio proporcionados por los profesionales o la génesis de estos, son complejos. Es lógico que la actividad del Ingeniero Agrónomo, no sea sencilla y frecuentemente presente dificultades y problemas; muchos de ellos de carácter ético. Ello aconseja la adopción de un código deontológico del Ingeniero. Afortunadamente aquí, por ser esta una profesión de realidades en la que se trabaja con una mentalidad rigurosa, objetiva y científica es fácil obtener un consenso sobre el contenido de un código deontológico.
Se pueden citar dos de los hoy existentes:
· El Código de la Nacional Society of Profesional Engineers de EE.UU.
· Código de Ética medioambiental de la
Wordl Federation of Engineers Organization. [5]
7. PRINCIPIOS ÉTICOS DEL INGENIERO AGRÓNOMO.
7.1 Principios generales.
Los principios éticos son siempre obligaciones frente a terceros, aunque también tengan un carácter reflexivo: tengo obligaciones conmigo mismo (Recordemos que el mandamiento ‘ama a tu prójimo como a ti mismo’ en realidad son dos mandamientos ‘ama a tu prójimo, y ‘ámate a ti mismo’). Resulta así que el Ingeniero, tiene obligaciones: consigo mismo; con sus compañeros de profesión; con la profesión misma representada por su Colegio; con su empresa, materializada en sus superiores en la escala jerárquica de la misma; con sus colaboradores, entendiendo como tales quienes, en la empresa dependen de él en la escala jerárquica; con sus clientes; con el conjunto de la sociedad.
Resulta así el grupo de deberes de los que se pueden destacar dos:
· La lealtad que aparece explícitamente en casi todos los casos e implícitamente en los demás,
· El buen hacer profesional materializado en el código de buena práctica.
Bien entendido, que el código de buena práctica es de carácter técnico no ético; lo que tiene un mandato ético es la obligación de aplicar, y bien aplicado, el código de buena práctica [6] .
Además, la necesidad de aplicar estos principios éticos (aparentemente tan generales) aparecerá con ocasión de un específico problema laboral, es decir, de la profesión de Ingeniero Agrónomo y la concreción de su aplicación tendrá lugar en este mismo ámbito.
7.2. Formas de ejercer la profesión de Ingeniero Agrónomo.
Como una segunda aproximación a la cuestión conviene estudiar cuales son las diversas modalidades con que pueden ejercer la profesión los ingenieros agrónomos y que principios éticos demanda cada una de estas modalidades.
Los Ingenieros Agrónomos pueden tener distintos tipos de actividad profesional, entre los que cabe destacar:
·
Desarrollo de proyectos y consultoría;
· Fabricación, montaje y mantenimiento de equipo e instalaciones
· Explotación de instalaciones
· Comercio y gestión de mercados
· Gestión y servicio en la Administración
· Docencia e investigación
7.3. Cuestiones éticas actuales que afectan a los Ingenieros Agrónomos.
Por último la sociedad actual, se enfrenta con un buen número de problemas que exigen una postura ética. Lógicamente muchos de estos problemas afectan a la profesión, lo que implica que su consideración ética también incumbe a todos.
8. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL INGENIERO AGRÓNOMO.
8.1 Tipos de códigos.
Hay dos posibles tipos de código el optimista o positivo, que es de la forma: ‘El Ingeniero se esforzará en....’, ‘El Ingeniero deberá…’, etc., y el pesimista o negativo: ‘El Ingeniero nunca podrá….’, ‘El Ingeniero no deberá rebasar…’, etc.
El primero es constructivo, marca un ideal, una meta y una tendencia a la continua mejora de individuo y sociedad.
El segundo es conservador y conformista; se limita a negar el mal o a establecer una cota en la frontera entre lo permisible y lo vedado.
8.2 Adopción de un tipo de código.
A primera vista es mejor, más humano y simpático el primero. Efectivamente, si se trata de proponer al Ingeniero Agrónomo un ideal como objetivo a buscar, que le impulse a un continuo perfeccionamiento en su actuación, es claro que éste es el código adecuado.
Sin embargo, el Colegio, entidad que está entre el Ingeniero y la Sociedad, encargado de velar por los derechos del Ingeniero, pero también de exigir a éste que cumpla sus deberes con la sociedad y con la profesión, debe establecer un código coercitivo, y, por lo tanto, del segundo tipo.
8.3 Problemas en la adopción de un código negativo.
Si se desea adoptar un código de carácter coercitivo, es decir, que se castiguen las infracciones del mismo (desde amonestación hasta prohibición de practicar la profesión) nos encontramos con otro principio ético: el derecho de defensa: nadie puede ser castigado si no se le ha concedido el derecho a su defensa y a ser juzgado por un tribunal justo e imparcial.
Este derecho exige tres condiciones:
a) Los “delitos” tienen que estar claros e inequívocamente definidos (tipificación). Ello exige no sólo que el código ético sea del segundo tipo sino que en sus artículos se establezca, cuando corresponda, la frontera entre lo admisible y lo inadmisible.
b) Deben constituirse comités de ética, que sean justos, imparciales e independientes.
c) Como se desprende del Derecho un juicio justo exige además unas normas de procedimiento (leyes del enjuiciamiento criminal o civil, en nuestro Derecho) a las que debe plegarse todo el proceso del juicio: no es nada fácil redactar unas normas de este tipo que sean neutras y eficaces.
9. CONCLUSIONES.
· Si siempre fue precisa una Ética social, acordada y aceptada por el conjunto de la sociedad, más lo es en una sociedad democrática moderna, la cual es plural y aconfesional.
· Al Ingeniero Agrónomo se le presentan con frecuencia problemas que exigen una sólida formación ética.
· Para ello sería aconsejable que el Colegio reflexionara y dialogara sobre estas cuestiones, mediante la organización de conferencias, seminarios, etc. Con objeto de presentar una postura clara en esta cuestión aprovechando la actual coyuntura.
· Es necesario cambiar la actual imagen que la Sociedad tiene del Colegio, al que considera como una mera organización corporativa, dedicada exclusivamente a defender intereses de sus colegiados, por organizaciones que ofrecen garantías de calidad y seguridad a la Sociedad a la que sirven sus colegiados.
[1] Artículo 36: La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
[2] Hay varios términos, con significados algo distintos, que se refieren a estos principios del bien y del mal: Ética (del griego ethos), Moral (del latín mos,ris) Justicia y Derecho.
[3] Más claro resulta el aforismo latino (realmente se refiere al concepto de Justicia) ‘honestum vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere’, o la regla de oro de la Ética citada por el Profesor Escolá ‘trata a los demás como querrías que los demás te tratarán a ti’.
[4] El caso quizás más conocido es el de la Medicina donde el famoso juramento hipocrático constituye un código deontológico vigente desde hace 450 años. La Oración del judío cordobés Maimónides es otro código ético de la medicina del siglo XII. En la centuria siguiente el médico y alquimista valenciano Arnau de Vilanova trató también de este tema.
[5] A ellos hay que unir la magnifica obra Ética para Ingenieros de Rafael Escolá y José Ignacio Murillo, publicadas por la Universidad de Navarra.
[6] Puede argumentarse que un buen número de estos preceptos son demasiado generales y no privativos del Ingeniero. Ello es cierto, pero recordemos a Terencio (homo sum, nihil humani a me alienum puto) y comprenderemos que en muchas obligaciones los Ingenieros no diferiremos de los médicos, los abogados, los militares o los profesores de sánscrito, con los que tenemos grandes semejanzas en cuanto a encuadramiento social, formación o talante.